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Conclusiones

¨ Primero: El desarrollo de la informática, considerada como una rama de la cibernética, responde a la necesidad del hombre por eficientar los procesos de producción y en general todos aquellos procedimientos que le son, en alguna medida, útiles.

¨ Segundo: El incremento en la cantidad de datos requeridos por el hombre en la toma de decisiones diarias y la interacción cada día más compleja entre personas y paises, ha conducido a la creación de sistemas con el único objeto de proporcionar información con oportunidad y exactitud, así como para comunicar prontamente a los usuarios impulsando aún más el desarrollo de las técnicas de la información y la comunicación.

¨ Tercero: Se define a la informática como el manejo automático de la información contenida en un área específica del saber humano con el objeto de realizar un objetivo determinado.

¨ Cuarto: La computadora es la herramienta ideal para el desarrollo de la informática y como tal, es el instrumento del que se pueden valer otras ciencias a fin de sistematizar sus procesos.

¨ Quinto: El proceso de informatización al que se encuentran sometidas todas las áreas del saber humano es una evolución irreversible que plantea un cambio estructural en las raíces mismas de la cultura y en la manera del hombre de percibir el mundo que lo rodea, el tiempo y el espacio mismo (entendido éste en su acepción más simple, es decir, como el espacio en donde cabe algo).

¨ Sexto: La interacción de las ciencias del Derecho y la Informática, dependiendo de cuál de ellas se vea impactada por la otra, dan pie a dos consecuencias lógicas: la primera, llamada Informática Jurídica y la segunda, el Derecho Informático.

¨ Séptimo: El Derecho Informático no es otra cosa que la percepción de la reacción de la Ciencia Jurídica ante la aparición de un nuevo elemento en las relaciones sociales.

¨ Octavo: El Derecho Informático no se actualizará sino hasta que los cerebros electrónicos tengan capacidad de raciocinio propio y se les pueda atribuir algún tipo de voluntad en la realización de sus actos.

¨ Noveno: La informática jurídica es el manejo automático, de un sistema racional de normas sociales de conducta, a fin de eficientar y facilitar su aplicación, en tanto éstas hayan sido declaradas obligatorias por la autoridad al considerarlas soluciones justas a los problemas surgidos de la realidad histórica.

¨ Décimo: El Derecho va a experimentar, en cuanto objeto de conocimiento, una mutación derivada de un modo distinto de ser elaborado, tratado y conocido.

¨ Décimoprimero: Es obligación del Estado actualizar los sistemas jurídicos por medio de la informática, que es, sin lugar a dudas, la materia que responde a la necesidad de la Ciencia del Derecho por modernizarse. La aplicación de sistemas de cómputo a las distintas áreas del Derecho permitirá la eficiente distribución de la información, la aplicación más eficiente de justicia y la actualización mas rápida del derecho a fin de que puedan servir eficientemente a su propósito y así garantizar la correcta y expedita aplicación de justicia y el Estado de Derecho.

¨ Décimosegundo: El carácter escrito de nuestra normatividad y la sistematización generalizada de nuestros procedimientos facilitan grandemente la creación de Sistemas Expertos Legales. Tal enunciando debe verse como constitutivo de un deber ser que no podemos ignorar.

¨ Décimotercero: Tradicionales conceptos deberán ampliarse a fin de permitir el uso de la Informática dentro del ámbito leal, tal es el caso del documento, la suscripción y tantos otros.